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Licencia de pesca marítima de recreo en Andalucía

Revisado el 21/10/2026 · Fuentes: BOJA / Junta de Andalucía, BOE y MAPA.

Para practicar la pesca marítima de recreo en aguas interiores de Andalucía hay que tener la licencia que expide la Consejería competente. Según la Junta, hay cuatro clases:

ClaseModalidadVigencia
1Desde tierra (surfcasting, espigones, rocas)3 años
2Individual desde embarcación3 años
3Colectiva desde embarcación1 año
4Submarina1 año

Cómo pedirla

Las licencias de clase 1 y 2 se tramitan por internet con la aplicación LIPE de la Junta. Las de clase 3 y 4, en el Registro Electrónico o en persona en las Delegaciones Territoriales y Oficinas Comarcales Agrarias. Según el trámite oficial, los mayores de 65 años y los menores de edad (de 14 a 17 años) solo pueden pedirla en persona.

Tasa

La Junta publica cada año el importe de la tasa. Para 2026 indica 6,28 € para la licencia de pesca desde tierra. Comprueba la cifra vigente en la página oficial de la tasa antes de pagar.

Siguiente paso: revisa las tallas mínimas y el resumen de normativa.

Fuentes oficiales

Revisado el 21/10/2026. Este resumen es informativo y no sustituye a la norma publicada: la normativa cambia, consulta siempre la fuente oficial antes de pescar.

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